Bellocq e Hita c/ Dirección General de Escuelas de la provincia de Buenos Aires
VALUACIÓN DE LOS BIENES
Voces: Igualdad. Derecho de propiedad.
CONSTITUCIÓN NACIONAL. Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Impuestos y contribuciones provinciales. Transmisión gratuita.
La ley 3972 de la provincia de Buenos Aires, en cuanto dispone, según la interpretación dada por sus tribunales, que a los efectos de liquidar el impuesto a la transmisión gratuita que establece deberá tomarse como valor de los bienes afectados el del avalúo fiscal o el de la tasación judicial o el de su venta anterior al pago cuando fueren mayores, de tal modo que impide tomar en consideración el menor precio por el que fueron vendidos con posterioridad al pago del gravamen, no es violatoria de la igualdad ni del derecho de propiedad.
CSJN 1948
T. 210, P. 93
VALUACIÓN DE LOS BIENES
Bellocq e Hita c/ Dirección General de Escuelas de la provincia de Buenos Aires
Voces: Igualdad. Derecho de propiedad.
CONSTITUCIÓN NACIONAL. Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Impuestos y contribuciones provinciales. Transmisión gratuita. La ley 3972 de la provincia de Buenos Aires, en cuanto dispone, según la interpretación dada por sus tribunales, que a los efectos de liquidar el impuesto a la transmisión gratuita que establece deberá tomarse como valor de los bienes afectados el del avalúo fiscal o el de la tasación judicial o el de su venta anterior al pago cuando fueren mayores, de tal modo que impide tomar en consideración el menor precio por el que fueron vendidos con posterioridad al pago del gravamen, no es violatoria de la igualdad ni del derecho de propiedad.
CSJN 1948 |
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Texto completo: Bellocq e Hita Fallos 210.93