Justo, Oscar Felipe (Sucesión)
Impuesto. Facultades impositivas de la Nación, provincias y municipalidades
Cuando el causante y la sociedad de que forma parte tienen su domicilio enla Capital Federal, aunque el haber social esté integrado por inmuebles situados en una provincia, corresponde a la Nación la facultad de establecer y percibir el respectivo gravamen a la transmisión gratuita. No permite apartarse de esa jurisprudencia establecida porla Corte Supremacon carácter obligatorio, la argumentación formulada sobre la base de los fundamentos del decreto ley nacional 6755/43, tendiente a evitar las evasiones al impuesto a la transmisión gratuita de bienes mediante la ubicación en el extranjero de títulos o acciones correspondientes a sociedades cuyos bienes están radicados en la República.
CSJN 1955
T.232, P.482.